Divorcio express

Viernes, 11th septiembre 2009 Divorcio express thumbnail

A partir del 6 de octubre de 2008, el Código Civil para el Distrito Federal, establece una forma novedosa de divorcio; por ello, en esta ocasión les comentaré en qué consiste el “Divorcio Exprés”. Cabe señalar, que Divorcio es la disolución definitiva del matrimonio. Ahora bien, de acuerdo con el decreto por el cual se establece el procedimiento para llevar a cabo ésta forma de divorcio, sólo basta que uno de los cónyuges manifieste su voluntad de no querer continuar con el matrimonio, siempre  y cuando haya transcurrido cuando menos un año de la celebración del mismo.

Por lo tanto, la simple solicitud de divorcio de uno de los cónyuges será suficiente para que el Juez de lo Familiar decrete la disolución del vínculo jurídico del matrimonio. Es importante conocer, que no importa dónde se haya casado, pues usted podrá solicitar su “Divorcio Exprés” en el Distrito Federal y el trámite legal tomará tan sólo un mes aproximadamente. Así que si la vida de casada (o), le resulta insostenible, ésta es la oportunidad para resolver su situación en forma rápida, simple, económica y sin tortuosos trámites ni complicaciones.

Los requisitos para llevarlo a cabo son los siguientes: que haya transcurrido un año desde la celebración del matrimonio civil y solicitar el “Divorcio Exprés” por escrito; ésta petición puede ser  de ambos o uno sólo de los cónyuges, no necesita que el otro esté de acuerdo y tampoco tiene que señalar el motivo por el cual desea la separación. En caso de que tenga hijos deberá presentar una propuesta de convenio que contenga lo relativo a la guarda y custodia, el horario de visitas y la pensión alimenticia, así como la manera en que se repartirán los bienes (si los hay). Una vez presentada la solicitud, que no es una demanda como antes se hacía,  su cónyuge será notificado y podrá manifestar su conformidad con dicho convenio o presentar su propuesta con los mismos requisitos en no más de 9 días. Después de contestada la propuesta del convenio o transcurrido el plazo (no más de 9 días),  el Juez decretará el divorcio.

Los documentos que necesita para este trámite son: el acta de matrimonio y las actas de nacimiento del los hijos en caso de que los haya.

Es importante conocer, que no interesa que su cónyuge no radique en el Distrito Federal, pues aún así puede solicitar el “Divorcio Exprés”; sólo bastará que se le notifique en el domicilio actual o en el lugar donde labore.

Y lo no menos relevante del asunto es que después de que el Juez haya decretado la disolución del vínculo matrimonial (divorcio), usted al día siguiente estará en posibilidad de contraer un “nuevo matrimonio”, pero ahora sí piénselo mil veces antes de actuar.

LIC. MARGARITA MUÑOZ LIMONES.

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